En el mundo, el 80% de las víctimas de trata de personas con fines de explotación laboral y sexual son mujeres y niñas. Diversas entidades especializadas en detectar, identificar y atender a víctimas de trata en el Estado español recuerdan que la trata de personas es una forma de violencia de género y reivindican un abordaje integral del fenómeno que lo desvincule del delito de tráfico irregular de personas, penado en la ley de Extranjería.
“Es un error que la Ley de Extranjería regule los permisos especiales de residencia para víctimas de trata que no tienen papeles y el período de reflexión y restablecimiento que necesitan las víctimas”
Organizaciones como Proyecto Esperanza reclaman una Ley Integral Contra la Trata, que incluya un Estatuto de la Victima que garantice su protección y recuperación integral y aborde la lucha contra la trata desde una perspectiva de derechos humanos.
Prostitución, tráfico y trata no son lo mismo
Un año después de la promulgación del Protocolo de atención a Víctimas de Trata que aplicaba las nuevas disposiciones del Reglamento de la Ley de Extranjería en cuanto a detección, identificación y atención de víctimas, entidades especializadas como Dones Juristes, Genera y Sicar-Cat consideran que la perspectiva de intervención del Protocolo sigue asentada en la confusión entre tráfico irregular de personas (cruzar fronteras ilegalmente, lo que está penado por la ley de Extranjería –denominado smuggling en inglés-) y la trata de personas (explotación laboral y sexual de personas mediante amenaza o medios coactivos-amenaza, secuestro, fraude, engaño y vulnerabilidad, que no requiere necesariamente trasladarse de un país a otro; en inglés, trafficking).
El nuevo Código Penal distingue entre los delitos de tráfico irregular de personas y de trata, tal y como venían reivindicando las entidades expertas, agrupadas en la Red Española de Lucha contra la Trata, desde la promulgación del Plan Nacional de Lucha contra la Trata con Fines de Explotación Sexual, en marzo de 2009. Sin embargo, la confusión entre tráfico y trata subyace, por ejemplo, en el hecho de que la Ley de Extranjería regule los permisos especiales de residencia para víctimas de trata que están en situación administrativa irregular y no tienen papeles, así como el período de reflexión y restablecimiento que necesitan las víctimas.
Lorena Garrido, de l’Associació de Dones Juristes y miembro del Grup Antígona, Mujeres y Derechos en Perspectiva de Género de la Universitat Autònoma de Barcelona, considera que esto es “un error, porque no todas las víctimas de trata son extranjeras [no nacionales de la Unión Europea]. Algunas tienen pasaporte europeo, son de Rumanía, Bulgaria”. Según Garrido, esto demuestra que “nos traicionan los estereotipos sobre quiénes son víctimas de violencia de género, en este caso el arquetipo son las migrantes”.
“La trata puede cometerla el crimen organizado o no: un hombre que obligue a su mujer a hacer trabajo doméstico o ejercer prostitución en contra de su voluntad, lo que está directamente vinculado a la violencia de género en el ámbito de la pareja”
Además, Garrido critica que el Reglamento condicione la obtención del permiso de residencia de las víctimas de trata en situación irregular “a la colaboración eficaz con las autoridades en la investigación contra las mafias . No olvidemos que son víctimas de una vulneración de derechos humanos”.
De hecho, la Directiva Europea 2011/36 del 5 de abril de 2011, relativa a la prevención y lucha contra la trata y protección de las víctimas, que el Estado español debe transponer a su ordenamiento jurídico antes del próximo mes de abril, establece que, para brindar protección “a las personas en situación de trata, no es necesaria la denuncia ni la participación en la persecución criminal”, explica Garrido, que recuerda que las víctimas de trata “tienen miedo sobre su propia integridad y la de sus seres queridos. No esperemos que siempre quieran denunciar y mantener la denuncia”.
Para Garrido, otro equívoco que dificulta un abordaje eficaz de la trata es que “se confunde trata con fines de explotación sexual y prostitución”. Reivindica distinguir entre la prostitución no ejercida de forma voluntaria y la voluntaria “, tal como hace el Convenio de Europa de 2005 sobre lucha contra la trata, vigente desde el 2009 en el Estado Español.
El Convenio considera trata “el servicio doméstico forzado, el matrimonio y la prostitución forzadas y otras formas de explotación sexual contra la voluntad de la mujer”, explica Garrido, que aclara que “hay mujeres que sabían que venían servicio doméstico o a prostituirse, pero no que les iban a quitar el pasaporte, las condiciones, el horario…etc. Puede haber tráfico irregular de personas con consentimiento, pero no hay consentimiento en la coacción, el engaño y las amenazas”. Además, abunda, “el Código penal aún mantiene el Art. 188.1 que castiga a quien se lucra de la prostitución de otras personas, aún con el consentimiento de éstas , lo que genera más confusión entre trata y prostitución no forzada”.
La trata de mujeres es violencia de género
Además, la Directiva Europea de 2011 “establece que la trata puede cometerla el crimen organizado o no. Podría ser un hombre que obligue a su mujer a hacer trabajo doméstico o ejercer prostitución en contra de su voluntad, lo que está directamente vinculado a la violencia de género en el ámbito de la pareja. Las redes se aprovechan de la idea del amor que potencia la violencia en este ámbito”, expone la integrante de Dones Juristes. En su opinión, en la lucha contra la trata es esencial usar “los conocimientos, los mecanismos de intervención y los recursos especializados que se aplican en la violencia de género”.
“Para desvincularse de las situaciones de violencia machista, las mujeres tienen que ser protagonistas del proceso. Hay que darles la capacidad de decidir, si no ejercemos paternalismo institucional”
Noelia Igareda, también integrante del Grupo Antígona, investiga sobre los matrimonios forzados, que, por trasposición de la Directiva Europea sobre prevención y lucha contra la trata, pasan a ser delito en el anteproyecto de reforma del Código Penal para 2013, y coincide en esta perspectiva: “obligar a ejercer servicio doméstico o prostituirse o a contraer un matrimonio de forma forzada son formas de explotar a las mujeres en base al rol tradicional de los trabajos informales dentro del matrimonio, el trabajo sexual, reproductivo y de cuidados”.
Esta visión es compartida por entidades como Genera, que atiende a mujeres que ejercen prostitución y a menudo detecta mujeres que presentan indicios de ser víctimas de trata. A veces, explica Clarissa Velocci, de Genera, “las mujeres mantienen relaciones afectivas con un tratante. Pero los protocolos de persecución se piensan en términos de intervención espectacular, como si los GEO (grupos especiales de operaciones) entraran en casa de una mujer maltratada: asustado todo el mundo, ella la primera. Las instituciones no reconocen el trabajo diario de las entidades que hacen detección y atención de víctimas de trata, y no ven que, para desvincularse de las situaciones de violencia machista, las mujeres tienen que ser protagonistas del proceso. Hay que darles la capacidad de decidir, si no ejercemos paternalismo institucional.
Políticas de protección a las víctimas que las revictimizan
Según la directiva europea, basta el más pequeño indicio para identificar a las víctimas de trata, pero su texto no aclara de quién es la responsablidad de la identificación. En el Estado español es la Policía quien debe hacerlo, según establece el artículo 59.bis del Reglamento de la Ley de Extranjería, aunque en otros lugares las entidades tienen mayor protagonismo en la identificación de las víctimas y en todo el proceso, tal y como vienen reclamando las organizaciones expertas en la materia en los últimos años.
En 2011 las fuerzas de seguridad detectaron a 14.370 personas en riesgo de ser víctimas de trata. De ellas, sólo 1.082 fueron finalmente catalogadas como tales. Según Proyecto Esperanza, tan sólo se otorgaron 59 permisos de residencia a víctimas
La Defensora del Pueblo, Soledad Becerril, emitió a finales de septiembre un informe sobre trata de personas en el que expresa su preocupación por las posibles deficiencias en el proceso de identificación de las víctimas: según el informe, en 2011 las fuerzas de seguridad detectaron a 14.370 personas en riesgo de ser víctimas de trata en todo el Estado español. De ellas, sólo 1.082 fueron finalmente catalogadas como tales. Se ofrecieron 763 periodos de restablecimiento y reflexión, de los que 680 fueron denegados o rechazados por las víctimas y 98 concedidos. Según Proyecto Esperanza, el año pasado en todo el Estado español tan sólo se otorgaron 59 permisos de residencia a víctimas de trata .
Los obstáculos para la correcta identificación de las personas víctimas de trata son diversos: Velocci considera que “el estereotipo “joven, migrante y sin papeles juega un papel importante en la detección de las víctimas de trata. Hasta las profesionales trabajan con ideas que tienen más que ver con la criminalidad que con los derechos”. En Catalunya, explica Velocci, las entidades “no tenemos la potestad de abrir puertas de derechos a las víctimas, pese a disponer de una Ley de Violencia Machista que incorpora la explotación sexual como forma de violencia de género”. Además, explica, “se ha incorporado con normalidad la ordenanza cívica que persigue la prostitución en las calles de Barcelona, la ley que multa con 3.000 euros la prostitución en las carreteras catalanas y la posible incorporación al Código Penal del delito de prostitución en el ámbito público”.
Según Velocci, “las políticas de persecución de la prostitución persiguen también a las mujeres víctimas de trata por prostitución forzada y dificultan su detección, la tarea policial y la investigación”. De hecho, explica, “el Conseller d’Interior, Felip Puig asegura que el personal del Servei Català de Trànsit, que impone las multas a las prostitutas en las carreteras catalanas, está formado para detectar indicios de trata, cuando no es cierto. Están revictimizando a las mujeres”, concluye.
Tanto la Ordenanza como la Ley de Carreteras, añade, “vulneran el derecho a la libre circulación y no discriminación de las prostitutas, pero a las víctimas de trata les generan una nueva situación de violencia que se suma a la que sufren cotidianamente, porque no pueden irse. Multarlas por estar en una calle o una carretera es tan grave como multar a una mujer que grita cuando la maltratan”.
Un abordaje no punitivo de la trata
En Catalunya, además, la aplicación del Protocolo de Atención a las Víctimas de Trata de 2011 se complica por la convivencia de dos cuerpos policiales: la Policía Nacional, que debe realizar la identificación de las víctimas, y los Mossos d’Esquadra, que también tienen competencias y una Unidad especializada en la Lucha contra la Trata.
Según Sandra Camacho, de Sicar CAT, entidad que brinda recursos y atención integral a las víctimas tras la identificación, “la Policía actúa bajo el enfoque de extranjería, mientras que los Mossos, lo hacen desde el de lucha contra el crimen organizado: de conformidad con la legislación prevista, los primeros tienen la exclusividad de identificación y, por ahora, no están teniendo en cuenta a las entidades. Hay que invertir en formación para no revictimizar a las mujeres: a las víctimas no extranjeras no se les está aplicando el articulo 59 bis de laLey de Extranjería, aún cuando hay una disposición adicional que lo hace extensible a las nacionales de la Unión Europea”.
“La Ordenanza barcelonina y la Ley de Carreteras catalana que persiguen la prostitución en la vía publica suman una nueva violencia a las que sufren cotidianamente las víctimas de trata. Multarlas es tan grave como multar a una mujer que grita cuando la maltratan”
Además, explica Camacho, “en ocasiones se ha llegado a expulsar a mujeres extranjeras que no han sido identificadas como víctimas de trata a su país de origen, pese al riesgo que corren”; se les exige que se autoidentifiquen y colaboren como tales, pero no siempre se les otorga un período de restablecimiento y reflexión. El permiso de residencia y de trabajo está condicionado en la mayoría de los casos a la colaboración policial”.
De hecho, durante la presentación en Madrid de la II Evaluación de impacto de víctimas de Trata: Recuperando derechos, progresando en dignidad , trabajo conjunto de Sicar-Cat y Proyecto Esperanza, la Asesora Responsable del Área de Migraciones e Igualdad de Trato de la Defensora del Pueblo, Elena Arce, reconoció que “los periodos de restablecimiento y reflexión solicitados y concedidos siguen siendo muy bajos. Por ello, es necesario revisar el procedimiento”.
Según Camacho, “tal y como está previsto en la normativa, se parte del previo si colaboras, te doy el permiso. Y luego las que lo hacen una protección real ni efectiva para ellas, y mucho menos para sus familiares en origen, durante el proceso de investigación, que puede llegar a durar un año y medio.
Por ejemplo, la Reforma de la la Ley de Asilo de 2009 incluyó la persecución por motivos de género y la trata entre los motivos para obtener el asilo que se contemplan en la Ley. Sin embargo, no han dado ni un permiso por esta causa”. Camacho remarca que “los tiempos de la Administración no son los mismos que los de las víctimas”, y denuncia que “ durante el procedimiento judicial, no se las informa debidamente de los encarcelamientos de tratantes, archivos o sobreseimientos, sentencias absolutorias, etc, y no siempre se les brindan medidas de seguridad efectivas; como mucho, el estatus de testigo protegido”.
Velocci la secunda y recuerda que “a los tratantes condenados por las redadas contra mafias de trata en el Raval en 2006 les han impuesto sólo dos años de cárcel, y nadie sabía dónde estaban las víctimas, porque no las han cuidado. Priorizar la perspectiva judicial y penal por encima de sus derechos es un error”. Según la evaluación de impacto de lucha contra la trata de Proyecto Esperanza, sólo el 50% de las mujeres entrevistadas que denunciaron conocen que en su caso ha habido sentencia, y ninguna ha cobrado indemnización alguna.
Las entidades reclaman más protagonismo en la lucha contra la trata
Camacho puntualiza que, “tal y como se ha planteado y plasmado en la legislación, existe el riesgo de que tanto las mujeres víctimas de trata como las Ong’s que las atienden puedan ser instrumentalizadas” y critica que no haya ninguna legislación al margen que contemple los derechos de las víctimas de trata.
La Reforma de la la Ley de Asilo de 2009 contempla obtener el asilo por la persecución por motivos de género y la trata. Sin embargo, no han dado ni un permiso por esta causa
El 18 de octubre, día europeo de lucha contra la trata de seres humanos, Proyecto Esperanza, que atiende a víctimas de trata desde 1999, y es miembro de la Red Española contra la Trata de Personas, reclamó la puesta en marcha de una Ley Integral Contra la Trata.
Posteriormente, Carmen Quintanilla, Presidenta de la Comisión de Igualdad en el Congreso de los Diputados anunció la promulgación de una Ley Integral contra la Trata en 2013. Marta González, coordinadora del Proyecto Esperanza, ha valorado positivamente el anuncio y ha reclamado que la futura Ley “incluya un Estatuto de la Victima que garantice el acceso efectivo a derechos desde un enfoque de derechos humanos, y aborde todas las formas de trata. Su finalidad debe ser prevenir, sancionar y erradicar esta violación de derechos humanos y proteger y prestar asistencia a sus víctimas. Se debe articular una respuesta institucional coherente a todos los niveles en la que se contemplen medidas de prevención y sensibilización, así como detección, protección a las víctimas y acceso efectivo a derechos”.
Desencuentro entre entidades e instituciones en la adaptación del Protocolo a CatalunyaMientras tanto, la aplicación del protocolo estatal genera desencuentros entre la Generalitat y las entidades expertas en la materia. Desde 2011, las entidades agrupadas en la Xarxa Catalana sobre la Trata de Persones reclaman a la Generalitat que elabore un protocolo de atención a las víctimas que adapte el de ámbito estatal a las particularidades del territorio catalán.El Departament de Justícia de la Generalitat ha creado una comisión de trabajo que tiene previsto presentar el borrador del nuevo protocolo catalán en diciembre de 2012 o enero de 2013. Según Elisabeth Saltor, Responsable de Apoyo Jurídico a la Organización Judicial del Departament, “el Protocolo incluirá todas las formas de trata y prevé la participación activa de organizaciones expertas desde la detección hasta el final del proceso”.Integran la comisión, explica Saltor, “la Fiscalía Superior de Catalunya; la Delegación de Gobierno, los ayuntamientos; l’ Assemblea y Federació de Municipis; cinco departamentos de la Generalitat; los Mossos d’Esquadra y l’Institut Català de les Dones (ICD), que a su vez participa en la Xarxa Catalana sobre la Trata”.Sin embargo, explica Velocci, “no es cierto que las entidades de la Xarxa estemos informadas, ya que hace meses que solicitamos el borrador del protocolo, y tampoco representadas por el ICD, porque éste ya no forma parte de la misma, dado que en la última reunión de la Xarxa pedimos la salida de las instituciones”. “El ICD”, explica Velocci, “es una institución y tiene su propio rol. Las organizaciones de derechos humanos, feministas y de mujeres tenemos otro papel. Además, el protocolo necesita un conocimiento experimentado del territorio y la perspectiva de las instituciones es de seguridad, incompleta”.
http://www.pikaramagazine.com/2012/11/las-expertas-reclaman-enmarcar-la-lucha-contra-la-trata-en-las-politicas-contra-la-violencia-de-generolas-entidades-critican-que-la-ley-de-extranjeria-regule-la-concesion-de-permisos-de-residencia-esp/